Fútbol del Oeste

MALDONADO CUMPLIÓ SU SANCIÓN Y PODRÁ JUGAR EN LA FINAL DE VUELTA

El delantero de Fútbol Club Tres Algarrobos, que había sido sancionado de manera provisoria por ingresar al terreno de juego en los festejos de los «verdes» por la obtención de la Liguilla, ya cumplió con su sanción y el domingo 2 de diciembre podrá estar ante ‘Sport’ en la segunda final de la temporada 2018.

Lucas Maldonado había sido expulsado en la final de ida de la Liguilla 2018 y por ese motivo no pudo estar en el partido de vuelta ante Huracán F.C. de Carlos Tejedor. Una vez finalizado el encuentro, el jugador ingresó al campo de juego a festejar junto a sus compañeros y fue informado.

Finalmente, luego de que la sanción sea provisoria y se lo llame a presentar su descargo, el Tribunal de Penas le aplicó un partido de suspensión y esa pena ya quedó cumplida el domingo pasado. Es por eso que el director técnico Ezequiel Echeverría tendrá al futbolista a disposición para el encuentro de vuelta ante Social de Tres Algarrobos.

BOLETÍN OFICIAL Nº 78.18

EXPTE. 345/18; “HURACAN F.C. VS FUTBOL CLUB TRES ALGARROBOS” jugado el 18/11/2018; VISTO: el informe arbitral, los descargos oportunamente presentados por el Sr. Presidente del Club F.C.T.A., y el Sr. MALDONADO Lucas, ambos de fecha 22/11/2018 y CONSIDERANDO: que de conformidad con las disposiciones del Reglamento General y sus apéndices normativos, las disposiciones emanadas de las Reglas del Juego (2016-2017), con más lo normado en el Reglamento de Transgresiones y Penas y código de Ética publicado en Boletín Nº 5314/2017 AFA ; la conducta informada por el árbitro recaída sobre el Sr. Maldonado, quien resultaba ser jugador suspendido el día del encuentro, constituye la presencia de un agente externo, siendo persona no autorizada en el terreno de juego; incurriendo en violación las reglas Nro. 3 y 5 del Reglamento de Juego, Arts. 75, 209 del R.G., Arts. 6, inc. i) del R.G. Ap.; 192 in fine, 210 y cctes del R.T.P; por todo ello este Tribunal RESUELVE: de conformidad con las previsiones normativas precitadas aplicar al Sr. MALDONADO LUCAS, la pena de suspensión de un partido, computándose la suspensión provisional impuesta oportunamente como pena efectivamente cumplida.-

 

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