La Liga del Oeste publicó un nuevo Boletín Oficial, en el cual se dio a conocer las sanciones para las futbolistas Roxana Biggi y Valeria Aselli, luego de los incidentes y agresiones en el partido entre Los Once de Colonia Seré e Independiente de América.
La tarde del domingo 4 de junio, luego de que las ‘rojitas’ anotaron el 5 – 0, jugadoras de Los Once increparon y agredieron a la referí Diana Ferreyra, por lo que el encuentro se dio por suspendido antes de cumplirse el tiempo reglamentario. Además, dichos actos llevaron a que se suspenda momentáneamente el Torneo Apertura de Fútbol Femenino.
En horas de la tarde del miércoles 5 de julio, el Tribunal de Penas se expidió y dio a conocer las sanciones. Roxana Biggi deberá cumplir 80 partidos de suspensión, mientras que Valeria Aselli fue penada con 40 fechas.
Por su parte, se libró de cualquier sanción a la árbitra en cuestión, interpretando el Tribunal que lo denunciado por Los Once no contó con las pruebas suficientes.
A su vez, según pudimos saber, en los próximos días se convocará a una nueva reunión, a dirigentes y delegadas de los clubes, para fijar las normativas del regreso a la actividad.
Expte. 174.- CLUB DEPORTIVO Y SOCIAL LOS ONCE COLONIA SERÉ VS. CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO INDEPENDIENTE: Visto el informe arbitral, nota presentada por el Club Deportivo y Social los Once de Seré con fecha 05/06/2023, documentación presentada por FERREYRA Diana CONSIDERANDO: Que en atención a la prueba recolectada por este tribunal, los que resultan insuficientes para desacreditar lo informado por la árbitra de partido, como así también para acreditar los extremos denunciados por el Club Los Once de Seré; en función de la gravedad de los hechos acaecidos, los antecedentes de este Tribunal, y de conformidad con el Art. 33º “La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Disciplina Deportiva…, los cuales se pronunciarán con los elementos de juicio que consideren suficientes.” Art. 32 “El Tribunal de Disciplina Deportiva y el Tribunal de Apelaciones deberán resolver con sujeción a la letra y al espíritu del Estatuto de la A.F.A., de los Reglamentos y de las resoluciones de las autoridades de la misma y, en lo no previsto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.”; sgtes y cctes del R.T.P; este Tribunal RESUELVE: I.- Aplicar la pena de suspensión de OCHENTA PARTIDOS (80) a BIGGI Roxana Ficha 10.452, conforme lo normado en arts. 184, 185 y 189 del R.T.P.- II.- Aplicar la pena de suspensión de CUARENTA PARTIDOS (40), a ASELLI Valeria, Ficha 10.453, conforme lo normado en art. 184, 185 del R.T.P.- III.- Disponer el levantamiento de la suspensión provisional a la árbitra FERREYRA Diana.-
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