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BOLETÍN OFICIAL N° 54.25

Mediante Boletín Oficial, la Liga del Oeste dio a conocer el fallo tras lo sucedido en divisiones inferiores en el partido entre Barrio Norte y Social de Tres Algarrobos. A su vez, se publicó la reprogramación de las distintas categorías debido a las lluvias y las elecciones.


BOLETIN OFICIAL DE LA LIGA DE FUTBOL DEL OESTE 54.25

REUNION DEL TRIBUNAL DE PENAS DEL 02/09/2025

ACTA 29.25

Siendo las 19:00 hs. del 02/09/2025 sesiona el Tribunal de Penas a cargo del Dr. Alejandro Belfiori, Sec Administrativa: María Fernanda Martínez.-

 

Expte. 278 BARRIO NORTE VS. SDTA.-SEXTA DIVISIÓN. Y VISTO:  El informe arbitral del referido partido acompañado por los certificados médicos y estudios donde se constata la  lesión sufrida, como así también material fotográfico, que lo certifican, y los informes de descargo de defensa acompañado por Salvatierra Eliseo y por el Club Social y Deportivo de Tres Lomas, firmado por el Jugador referido y el Presidente de la institución deportiva. ..Y CONSIDERANDO: Que estando pendiente de resolución la infracción atribuida al Jugador y Club referidos,  éste Tribunal pasa a resolver la expulsión de dicho jugador el cuál se encuentra suspendidos provisoriamente y la conducta atribuida a un hincha del club SDTA. 1).-Que el informe arbitral informa al Tribunal que a los 63 minutos de juego expulsa al jugador N° 7 del club SDTA Salvatierra Eliseo por doble amonestación. Una vez expulsado el jugador referido empieza a insultarlo verbalmente al Juez y acto seguida lo empuja y empieza a agredirlo con golpes de puño y patadas, logrando su cometido, dejándole las marcas en su pecho.

Una vez que logran sacarlo a dicho jugador del campo de juego, empieza a ingresar al campo de juego hinchas de la parcialidad visitante entre los cuales se encontraba el padre del jugador expulsado.

Dicha persona empieza a agredir verbalmente al árbitro principal y a uno de los asistentes Rodrigo Navarro, quién intenta interponerse entre el juez principal y el agresor, recibiendo éste un golpe de puño en la cabeza. Ante dicho contexto el juez del encuentro decide la suspensión del partido faltando 7 minutos para que finalice el partido y con el resultado empatado en dos.

Una vez en el vestuario los árbitros agredidos concurren al hospital local para su atención médica.

Acompañan junto al informe arbitral dos certificados médicos donde el médico de guardia constata las lesiones sufridas por los árbitros agredidos y copia de una supuesta denuncia penal que resulta ilegible por lo que esa prueba documental no será valorada como tal al momento de tener que resolver estas actuaciones. 2) Corrido el traslado pertinente a los interesados el jugador Salvatierra Eliseo y el club SDTA por intermedio de su presidente, presentan el descargo a los fines de ejercer su derecho de defensa. Junto a su descargo el Jugador Salvatierra acompaña certificado médico donde se consta supuestas lesiones padecidas en dicho encuentro deportivo no quedando claro la causa de estas.

En su descargo el jugador Salvatierra Eliseo da su propia versión de los hechos sin ningún tipo de elemento probatorio que respalde sus dichos. Reconoce que a la expulsión por doble amarilla no reacciona bien, que empieza a discutir con el árbitro principal y a agredirlo, por lo que le pide disculpa. También reconoce el ingreso de su padre a la cancha dando su propia versión del motivo por el que había ingresado al campo de juego. No existiendo en su descargo más que una propia versión de los hechos el mismo es desestimado.

En su descargo el Club SDTA representado por su Presidente sostiene que el jugador se encuentra a préstamo en dicho club y que tenían conocimiento que el jugador ya había sido expulsado por motivos similares. Dan su propia versión de los hechos sin ningún elemento probatorio que sustente sus dichos y manifiestan que repudian todo acto de violencia. Este Tribunal desestima por inverosímil la versión dada por el club de que en los hechos de violencia habrían actuado hinchas neutrales, quedando probado que el padre del jugador expulsado estaba simpatizando y alentando al club en el cuál juega su hijo.3) -Que con referencia a los hechos de violencia en el contexto de un partido de fútbol hay unanimidad de criterio entre los clubes de fútbol que integran ésta Liga, que dichos actos deben ser erradicados de los partidos de fútbol y que atentan contra el espíritu deportivo, que debe haber entre los protagonistas del evento deportivo. Este Tribunal al expedirse en otros casos de violencia deportiva sostuvo. «..que la participación de cada uno de los mencionados en los hechos de violencia acaecidos, acarrean en primer término su responsabilidad individual respectivamente. La circunstancia de participar en hechos de violencia y asimismo, completamente ajenos al juego y actuación deportiva que se disputaba, constituyen hechos gravísimos y lesivos a los principios de esta Liga, a los acuerdos previamente celebrados entre las instituciones que la integran, moralmente reprochables, contrario a los fines legalmente establecidos al universo de las disciplinas deportivas, y que no deben admitir excusación alguna. Tales hechos no solo resultan dañosos para quienes resultan participes o víctimas de los propios actos violentos, sino también para la totalidad de las instituciones involucradas, publico partidario, socios de los clubes, autoridades intervinientes y la sociedad en general». 4) Que éste Tribunal ya sostuvo en fallos anteriores que los informes elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y solamente pueden ser desvirtuados con prueba fehaciente y contundente.

En este mismo sentido el Tribunal de Disciplina de la AFA en el caso:»GODOY CRUZ (Mendoza) c. TALLERES (Córdoba) Ira» sostuvo:»…cabe recordar que, siguiendo la normativa de la AFA, FIFA y CONMEBOL, los informes arbitrales tienen presunción de veracidad, otorgándoles un carácter probatorio privilegiado dentro de los procedimientos disciplinarios, y solo pueden ser desvirtuados con pruebas contundentes….cabe recordar que la jurisprudencia del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha ratificado en diversas oportunidades la presunción de veracidad de los informes arbitrales. En el caso CAS 2016/A/4443 & CAS 2016/A/4444, el Tribunal reconoció que dichos informes constituyen prueba fundamental en los procedimientos disciplinarios, pudiendo ser desvirtuados únicamente con la presentación de pruebas claras y convincentes que acrediten su falsedad o error material…».(Boletín Número: 6633-Tribunal de Disciplina de la AFA-20/02/2025)5.) Que en consecuencia de las pruebas reunidas en éste expediente queda probada la infracción que se le atribuye al Jugador Salvatierra Eliseo, cuyos datos personales ya fueron descripto precedentemente y al Club SDTA por la actuación de su hinchada en hechos de violencia dentro del campo de juego, 6)Al momento de graduar la pena a aplicar al jugador Salvatierra Eliseo y al Club SDTA  se tendrá presente las agresiones sufridas por dos árbitros de la terna arbitral y los daños corporales sufridos como consecuencia de dichas agresiones. Cabe resaltar que tanto los futbolistas como la hinchada de los clubes deben acatar las decisiones arbitrales, aunque no estén de acuerdo con la misma, no siendo la agresión sobre ellos la manera idónea de visualizar la disconformidad por un fallo arbitral, 7) Por los Argumentos expuestos este TRIBUNAL RESUELVE: 7.1.) Aplicar al jugador Salvatierra Eliseo, titular del DNI 49.419.534, ficha 9301 perteneciente al club SDTA la pena de SUSPENSIÓN POR EL PLAZO DE 4 AÑOS (artículos 32, 33, 35 y 183 del RTP); 7.2) Aplicar al CLUB SDTA la multa de  250 entradas generales equivalentes a la fecha a $ 1.500.000 (PESOS UN MILLÓN Y MEDIO) (artículos 32, 33, 35, 80  y 287 del RTP), 7.3) La multa impuesta en el inciso anterior deberá ser pagada por el club sancionado en el plazo de 5 días corridos contados desde la fecha del fallo disciplinario (Artículo 149 RTP), 7.4) Dar por finalizado el encuentro disputado  en sexta división entre Barrio Norte VS SDTA y en consecuencia, se da por perdido el partido al club  SDTA y ganado el mismo al club Barrio Norte, por el resultado de dos a cero (artículos 32, 33, 35, 105, 106 inciso:»g» y 152 del RTP), 7.5)  Publíquese en el Boletín Oficial de la Liga del Oeste y archívese.

 

SIN OTROS ASUNTOS A TRATAR SE LEVANTA LA SESION FIRMANDO EL ACTA DEL TRIBUNAL LOS MIEMBROS PRESENTES QUE SE DENOMINARA ACTA DEL TRIBUNAL 29.25 Y SE PUBLICARA EN BOLETIN OFICIAL 54.25.-

 

TABLA DE POSICIONES SEXTA DIVISION

EQUIPOS P.J. P.G P.E. P.P. G.F. G.C. Dif. G. PTOS.
Independiente 2 2 0 0 7 1 6 6
Barrio Norte 2 2 0 0 4 1 3 6
Atletico 2 1 1 0 3 1 2 4
G.de Cuero 2 1 1 0 2 1 1 4
FCTA 1 1 0 0 1 0 1 3
SDTA 3 0 1 2 1 5 -4 1
S.G.Moreno 2 0 1 1 1 5 -4 1
Racing 1 0 0 1 1 3 -2 0
Argentino 3 0 0 3 1 4 -3 0

B.Norte 2 – SDTA 0 – Registro A.T. 29.25

 

 

PROGRAMACION TORNEOS

 

 

PRIMERA Y TERCERA DIVISION – TORNEO LIGUILLA

FECHA 2 ZONA A 14/09/2025 HORA
Los Once vs. J.Newbery 14:00
Independiente vs. B.Norte 14:00
FECHA 2 ZONA B 14/09/2025 HORA
Racing vs. G.Cuero 14:00
SDTA vs. FCTA 14:00

 

DIVISIONES INFERIORES – TORNEO CLAUSURA

Por resolución del APREVIDE, la Mesa Directiva de la Liga del Oeste, debió suspender la próxima fecha de divisiones Inferiores, por la veda electoral.

FECHA 4   13/09/2025 HORA
Los Albirrojitos vs. Independiente 12:30
Racing vs. Argentino 12:30
FCTA vs. SDTA 12:30
G.Cuero vs. J.Newbery 12:30
B.Norte vs Atletico 12:30
LIBRE   S.G.Moreno  

 

SEVEN 2025

Se publica el nuevo cronograma de Seven, dado que debido a las suspensiones por lluvia, y reprogramaciones de feriados, debió ajustarse. Las modificaciones se hicieron con el acuerdo de los clubes y el aval de la Liga.

 

  Fecha Partido Organizador Partido Organizador
4) 27/09/2025 C. Tejedor FCTA Rivadavia S.G.Moreno
5) 10/10/2025 C. Tejedor SDTA Rivadavia B. Norte
6) 01/11/2025 C. Tejedor Argentino Rivadavia Atletico
Se sugiere la venta de alimentos sin tacc – No se permite el ingreso al estadio con conservadoras
Valor de la entrada seven: $ 2.000 – Autos $ 1.000
Valor de la Inscripción: $10.000 por institución

 

FUTBOL SENIOR

4º FECHA   14/09/2025 HORARIO
Sansinena vs. Sportivo 09:30 hs.
G.Cuero vs. I.G.Moreno 09:30 hs.
J.Newbery vs. Racing 09:30 hs.
Timote vs. Argentino 09:30 hs.
B.Norte vs. Atletico 09:30 hs.
Los Once vs. Independiente 09:30 hs.
LIBRE   San Martin

 

FUTBOL FEMENINO

FECHA 2 21/09/2025 5TA SENIOR
Independiente vs. SDTA
FCTA vs. I.G.Moreno
San Martin vs. Atletico
B.Norte vs. Racing

 

EL PRESENTE BOLETIN ES COMUNICACIÓN OFICIAL.-

DADO EN LA SEDE DE LA LIGA DE FUTBOL DEL OESTE A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.-

 

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