Luego de varias idas y vueltas, parece que el partido entre Social de Tres Algarrobos y Gorra de Cuero ha llegado a su fin. El Tribunal de Penas le dio la derecha al director técnico René Vicente sobre los cambios realizados y todo quedó igual. Fue 1 a 1 y se repartieron los puntos.
¿Qué pasó en este nuevo capítulo?
En el informe arbitral se detalla que en los 74 minutos disputados el jueves 20 de junio, Gorra de Cuero realizó 3 cambios. El máximo permitido por reglamento en un partido.
Lo cierto es que la Liga solicitó un descargo a René Vicente, director técnico de Gorra de Cuero, luego del informe arbitral. Es que cabe recordar que el motivo de la suspensión de dicho encuentro el domingo 9 de junio fue la lesión de Jorge Nuñez. Eso hacía pensar que tal vez los tejedorenses habían realizado una variante más.
Pero tal como anticipamos en este medio, eso no sucedió. Ese domingo 9 de junio el juego no se reanudó, por lo cual el cambio no se hizo efectivo. Y Gorra de Cuero tenía entonces 11 jugadores en cancha, más allá de la lesión que sufrió el mencionado mediocampista.
Por eso, aferrándose al reglamento, su entrenador hizo lo que habitualmente sucede cuando se dan casos de esta similitud: cuando los minutos restantes se juegan otro día, las planillas vuelven a realizarse y se pueden hacer cuantas modificaciones se deseen para salir al campo de juego.
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.19
PARTIDO SDTA VS. G. CUERO Expte. 150, 1ra. División, jugado el 20/06/2019.-VISTOS: El informe arbitral, planillas de partido de los respectivos clubes, contestación de traslado efectuada por el Sr. Vicente René Rubén de fecha 28/06/2019, Y CONSIDERANDO: Que surge del informe arbitral y planilla de partido de fecha 20/06/2019 que el club C.A.A.G.C. realizó los siguientes cambios: jugador 14 por 10, jugador 15 por 9 y jugador 16 por 7; que respecto del último cambio fuera advertido por la terna arbitral que estaban agotados los cambios, manifestando el D.T. René Vicente su oposición y efectuando el tercer cambió referido.- Que así mismo en su contestación de traslado, el D.T. René Vicente expresa que su conducta fue ajustada a reglamento.- Que la planilla de partido del club S. y D. T. A. de fecha 09/06/2019 refleja como jugador expulsado el Nro. 5; y por su parte la planilla de partido del club C.A.A.G.C. de fecha 09/06/2019 no indica cambios ni jugadores expulsados. En consecuencia debe tenerse por acreditado que el C.A.A.G.C. permanecía con once jugadores en el campo de juego al momento de la interrupción del encuentro de fecha 09/06/2019.- Que a este respecto este tribunal pondera lo normado en arts. 119 del R.G. “Cuando se jugare tiempo complementario de un partido suspendido… corresponderá que al proseguirse el partido intervenga la misma cantidad de jugadores que había en el momento de la suspensión, ya sea los mismos u otros” como así también lo normado en el R.T.P art. 222; donde se replica la norma citada.-
RESUELVE: Considerar reglamentarios los cambios efectuados por el D.T. René Vicente, en la prosecución del encuentro que se llevaré a cabo el día 20/06/2019.-