Sumate a

Liga del Oeste

SOCIAL Y HURACÁN PAGARON SUS MULTAS

En el Boletín Oficial Nº 69.19, la Liga del Oeste comunicó que Social de González Moreno y Huracán F.C. de Carlos Tejedor abonaron sus respectivas multas económicas, las cuales se les habían aplicado por el partido correspondiente a la 3ª fecha de la Liguilla que terminó con incidentes entre las parcialidades.

El domingo 30 de septiembre, lamentablemente el partido que protagonizaban el «canario» y los «comadrejas» en el estadio Enrique Cravero no pudo finalizar normalmente y debió ser suspendido a falta de 11 minutos por falta de garantías luego de la expulsión del futbolista Nicolás Ponzio, según se detalló en el Boletín Oficial Nº 60.18.

En el Boletín Oficial Nº 62.18 se dieron a conocer las sanciones económicas para ambos clubes: Social de González Moreno fue multado con $36.000 y Huracán F.C. con $18.000.

Finalmente, las dos instituciones pagaron sus correspondientes sumas de dinero en tiempo y forma, tal como fue comunicado en el Boletín Oficial Nº 69.19.

BOLETÍN OFICIAL Nº 69.19

INFORMACIÓN TESORERÍA.- La Tesorería de la Liga informa que los Clubes Social G. Moreno y Huracán F.C., han abonado en el tiempo reglamentario las multas impuestas oportunamente.-


BOLETÍN OFICIAL Nº 60.18

EXPTE N° 307/18: Partido “SOCIAL Y DEPROTIVO GONZALEZ MORENO vs. HURACAN FUTBOL CLUB CARLOS TEJEDOR” Primera División, jugado el 30 de Septiembre de 2018: VISTO el informe arbitral, el escrito de fecha 30 de Septiembre presentado por el H.F.C.; Y CONSIDERANDO:  que conforme surge del informe del partido, el tumulto habido entre la parcialidad de ambos Clubes fue incitada por el Jugador Ponzio Nicolás, Nro. deficha 9404 del Club local, debiendo ser suspendido el encuentro a los 79 minutos por no encontrarse garantizadas las condiciones de seguridad en el Club local, como así también conforme las disposiciones de los Arts. 80), 106 Inc.g), 152, 33º del R.T.P. “La apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena queda confiada a la libre convicción del Tribunal de Disciplina Deportiva…, los cuales se pronunciarán con los elementos de juicio que consideren suficientes.”  y lo dispuesto por el art. 32 del mismo cuerpo “Art. 32º.- El Tribunal de Disciplina Deportiva y el Tribunal de Apelaciones deberán resolver con sujeción a la letra y al espíritu del Estatuto de la A.F.A., de los Reglamentos y de las resoluciones de las autoridades de la misma y, en lo no previsto, de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho.”; Por ello este Tribunal RESUELVE: Decretar la Perdida del Partido y finalizado el encuentro, haciendo perder al equipo de S.y D. G.M., registrándose el encuentro con el resultado de cero gol para S.y D. G.M. y de dos goles a favor de H.F.C.C.T.


BOLETÍN OFICIAL Nº 62.18

Comentarios en Facebook
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

LikeBox

Más en Liga del Oeste