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Federal C

MODIFICARON EL REGLAMENTO DEL FEDERAL C

El Consejo Federal dio a conocer un nuevo reglamento del Federal C que comenzará a disputarse el 25 de enero. Esta es la 5ª modificación que se hace desde que se diagramó el certamen.

REGLAMENTO – TORNEO FEDERAL C

DESPACHO Nº 12141           
VISTO
La deserción de un Club afiliado a la Liga Chileciteña de Fútbol (Chilecito – La Rioja) y dos clubs afiliados a la Liga Santafesina de Fútbol  (Santa Fe), de la Zonas que integraban en el Torneo Federal “C” 2015; y,

CONSIDERANDO
Que, a raíz de ello se debió proceder a la reubicación de las instituciones que integraban las zonas de las que desertaron los clubs referidos en el visto de la presente;

Que, la situación descripta trae aparejado introducir modificaciones en los Puntos 11 y 14 de la  Etapa Clasificatoria del Torneo en cuestión;

Que, en tal sentido corresponde modificar el Punto 11 Forma de Disputa – Etapa Clasificatoria, el que queda así redactado:
“Se conformarán treinta y ocho (38) zonas de cuatro (4) equipos cada una; y, treinta y cinco (35) zonas de  tres  (3) equipos cada una. Total:  setenta y tres (73) Zonas.
Se disputará por el sistema de puntos, todos contra todos, en partidos de ida y vuelta, uno en cada sede.
Clasifican a la Etapa Final los equipos ubicados en el primer lugar de todas las zonas; los equipos ubicados en segundo lugar de las zonas integradas por cuatro equipos; y, el club mejor ubicado en segundo lugar de las zonas de tres equipos (Total: ciento doce 112 EQUIPOS)”

Que, al introducir la modificación en cuestión y al producirse la clasificación de un -1- club ubicado en segundo lugar de las zonas de tres equipos, se hace necesario reemplazar el último párrafo del Punto 14 del Reglamento del Certamen, el que queda así redactado:
“En caso de existir igualdad en puntos al término de la disputa de la Etapa Clasificatoria, y a los efectos de establecer la clasificación del mejor equipo ubicado en el segundo lugar de las zonas integradas por tres -3- equipos,  se aplicará el siguiente sistema:
a) Mayor diferencia de goles.
b) Mayor cantidad de goles a favor.
c) Mayor cantidad de goles a favor como visitante; y,
d) una vez agotadas las alternativas previstas en los ítems anteriores, de persistir el empate a la finalización de la etapa o ronda la posición se definirá por medio de un sorteo a realizarse en sede del Consejo Federal, dentro de las cuarenta (48) horas.”

Que, por todo ello, y de conformidad con lo establecido en el Art. 27°, inc. c, del Estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino; 51, inc. c,  y 53° del Reglamento del Consejo Federal, se:

R E S U E L V E
Art. 1º- MODIFICAR el Punto 11 Forma de Disputa – Etapa Clasificatoria, el que queda así redactado: “Se conformarán treinta y ocho (38) zonas de cuatro (4) equipos cada una; y, treinta y cinco (35) zonas de  tres  (3) equipos cada una. Total:  setenta y tres (73) Zonas.
DESPACHO Nº 12141.    

Se disputará por el sistema de puntos, todos contra todos, en partidos de ida y vuelta, uno en cada sede.
Clasifican a la Etapa Final los equipos ubicados en el primer lugar de todas las zonas; los equipos ubicados en segundo lugar de las zonas integradas por cuatro equipos; y, el club mejor ubicado en segundo lugar de las zonas de tres equipos (Total: ciento doce 112 EQUIPOS)”

Art. 2º – MODIFICAR el último párrafo del Punto 14 del citado Reglamento, en razón de la clasificación de un -1- club ubicado en segundo lugar de las zonas de tres equipos, el que queda así redactado: “En caso de existir igualdad en puntos al término de la disputa de la Etapa Clasificatoria, y a los efectos de establecer la clasificación del mejor equipo ubicado en el segundo lugar de las zonas integradas por tres -3- equipos,  se aplicará el siguiente sistema:
a) Mayor diferencia de goles.
b) Mayor cantidad de goles a favor.
c) Mayor cantidad de goles a favor como visitante; y,
d) una vez agotadas las alternativas previstas en los ítems anteriores, de persistir el empate a la finalización de la etapa o ronda la posición se definirá por medio de un sorteo a realizarse en sede del Consejo Federal, dentro de las cuarenta (48) horas.”

Art. 3º – Acompañar a la presente resolución el nuevo fixture de las Zonas en las que se reubicaron las instituciones que integraban las zonas de las que desertaron los clubs de las Ligas mencionadas, a los fines que tomen conocimiento del mismo.

Art. 4º – Comuníquese a los Clubs participantes por conducto de sus respectivas Ligas; publíquese; y, archívese.
Despacho x deserción Chilecito y Santa Fe  Federal C 2015

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de Enero de 2015

Click aquí para leer el reglamento completo.

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