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VÉRTIZ GANÓ LOS 3 PUNTOS DEL PARTIDO ANTE CULTURAL ARGENTINO

La Unión Deportiva Vértiz sumó sus primeras tres unidades en el Torneo del Interior gracias a la falla del Consejo Federal.

El partido disputado en la primer fecha en el Volcán de Barrio Pacífico ante Argentino de General Pico había sido suspendido por ausencia del médico que había firmado la planilla.

Dicho cotejo fue suspendido provisoriamente a los 55′ minutos por el árbitro Iván Ramonda cuando el jugador Marcelo Vallori de la «U» de Vértiz requirió asistencia médica, pero la misma no pudo brindarse debido a la falta del doctor Montenegro en el terreno de juego.

Con este triunfo los dirigidos por Braulio Palacios llegaron a los 4 puntos, igualando al Club Sportivo Independiente en la cima de la zona 37.

El Consejo Federal resolvió lo siguiente:

EXPEDIENTE Nº 1903/13 – TORNEO DEL INTERIOR 2013
Ref. Partido que se suspendió por el retiro del médico.-
Buenos Aires, 14 de febrero de 2013

El informe presentado por el árbitro del partido que disputaban Cultural Argentino y Unión Deportiva Vértiz ambos de la Liga de General Pico, del que resulta y CONSIDERANDO:
1°) El árbitro del partido informó al Tribunal que “…Informo que este partido fue suspendido a los 55´ minutos de juego por la ausencia del médico Sr. Montenegro Ramón quien había firmado planilla como tal pero ante mi requerimiento para atender al jugador del Club visitante….se había ausentado del terreno de juego debiendo permanecer dicho jugador por unos quince minutos aproximadamente hasta la llegada de una ambulancia que lo traslado a un centro asistencial, estando este partido al momento de la suspensión con el resultado 0 (cero) a 0 (cero).
El Club Cultural Argentino al momento de efectuar su descargo sostuvo que cuando el árbitro solicita la presencia del médico, éste se había retirado el campo de juego para acudir a una urgencia familiar.
Que ingresó para atender al jugador un Licenciado en Kinesiología, por lo cual el árbitro no dejó que lo atendiera.
Que lamentan la suspensión del partido pero que la situación no fue premeditada, sino que escapó a toda previsión de parte del club.
Asimismo se acompañó nota del médico que firmó la pertinente planilla, con explicación de las razones por las que se ausentó y que fue por el accidente de un hijo.
2°) Tiene dicho el Tribunal que los informes que elaboran los árbitros en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 2 del R.T.P., constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y que sólo mediante el aporte de prueba directa en contrario podrá desacreditarse el valor asignado.
El art. 106 del R.T.P. establece que se dará por perdido el partido cuando el árbitro deba suspenderlo por falta de médico (letra “m”.).-
En este mismo sentido para determinar la responsabilidad del club debe completarse el contenido de aquel artículo con lo normado en artículo 62, letra “b” del Reglamento del Torneo del Interior 2013.-
Esta última norma establece que es responsabilidad del Club que actúa como local la adopción de medias que, en caso de accidentes, permitan la atención del accidentado (primeros auxilios), tales como la presencia de personal médico, ambulancias, etc. En este caso en estudio no estaba presente el médico, y demoró la llegada de la ambulancia.-
El motivo por el cual el médico debió abandonar su lugar no está siendo juzgado por este Tribunal y sólo corresponde resolver la responsabilidad del club, quien debe proveer -como organizador- las medias necesarias para atender a un accidentado, con médico y ambulancia.
La presencia de un Kinesiólogo no fue informada por el árbitro y sólo aparece en el descargo defensivo del club.

 

Con esa secuencia de hechos denunciados por el árbitro quedó configurada la responsabilidad objetiva del club local, pues claramente no se adoptaron las medidas eficaces para que un médico pueda atender al accidentado. Por lo que se lleva dicho el Tribunal propondrá dar por concluido el partido y perdido al club local Cultural Argentino.
Deberá registrarse el resultado de conformidad con lo normado en el artículo 152 del R.T.P. Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior.

RESUELVE:

1°) DAR POR CONCLUIDO Y PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB CULTURAL ARGENTINO DE GENERAL PICO (ART. 32, 33 106 “M”, Y 62 “B” DEL REGLAMENTO DEL TORNEO DEL INTERIOR.).-

2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: CULTURAL ARGENTINO DE PICO 0 – UNIÓN DEPORTIVA VERTIZ DE PICO 1 (ART. 152 DEL R.T.P.).
3°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE.

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